Tarifas en vigor

Pulse aquí para abrir el documento  TARIFAS EN VIGOR

    Documento que resume las tarifas actualmente en vigor, aplicables a los conceptos facturados por Aguas del Puerto E.M.S.A.

Pulse aquí para abrir el documento  B.O.P. CÁDIZ Nº 33

    Copia del Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz de 19 de febrero de 2010, donde se recoge la Ordenanza número 26, que regula la prestación de los Servicios de Distribución de Aguas (página 35). Son aplicables a partir del día 20 de febrero de 2010.


Pulse aquí para abrir el documento  B.O.P. CÁDIZ Nº 245

    Copia del Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz nº 245 de 23 de diciembre de 2008, donde se recoge la Ordenanza número 27, de Eliminación de Aguas Residuales y Depuración (páginas 54 y 55) y la Ordenanza número 12, que regula la Tasa de Recogida Domiciliaria de Basuras o Residuos Sólidos Urbanos (página 51), aplicables a partir del 1 de enero de 2009 y durante 2010.

Normativa

Pulse aquí para abrir el documento  REGLAMENTO SUMINISTRO DOMICILIARIO DE AGUA

    Decreto 120/1991, de 11 de Junio, por el que se aprueba el reglamento del suministro domiciliario de agua. Este reglamento regula las relaciones entre Aguas del Puerto E.M.S.A. y nuestros usuarios, señalando los derechos y obligaciones básicas de cada una de las partes. Es común y de obligado cumplimiento para todas las Empresas de Aguas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Pulse aquí para abrir el documento  REGLAMENTO REGIMEN ECONÓMICO FINANCIERO

    Reglamento sobre régimen económico financiero de los servicios de abastecimiento saneamiento de El Puerto de Santa María. Dado por el Excmo. Ayuntamiento de la localidad y de aplicación exclusiva en Aguas del Puerto E.M.S.A.

Pulse aquí para abrir el documento  REGLAMENTO DE SANEAMIENTO

    Publicado en BOP de Cádiz nº 104 de 8 de mayo de 1989, regula las relaciones entre el usuario del Servicio de Saneamiento y APEMSA

Pulse aquí para abrir el documento  NORMAS TÉCNICAS

    Normas Técnicas para Proyectos y Obras de Abastecimiento y Saneamiento en El Puerto de Santa María

Carta europea del agua

CARTA EUROPEA DEL AGUA
  1. Sin agua no hay vida posible. Es un bien preciado, indispensable en toda la actividad humana.
  2. Los recursos en agua dulce no son inagotables. Es indispensable preservarlos, controlarlos y, si es posible, acrecentarlos.
  3. Alterar la calidad del agua es perjudicial para la vida del hombre y de los seres vivos que de ella dependen.
  4. La calidad del agua debe ser preservada de acuerdo con normas adaptadas a los diversos usos previstos y satisfacer, especialmente, las exigencias sanitarias.
  5. Cuando las aguas, después de utilizadas, se reintegren a la naturaleza no deberán comprometer el uso ulterior público o privado que de ésta se haga.
  6. El mantenimiento de la cobertura vegetal adecuada, preferentemente forestal, es esencial para los recursos hídricos.
  7. Los recursos hídricos deben inventariarse.
  8. Para una adecuada administración del agua es preciso que las autoridades competentes establezcan el correspondiente plan.
  9. La protección de las aguas implica un importante esfuerzo tanto en la investigación científica, como en la preparación de especialistas y en la formación del público.
  10. El agua es un patrimonio común, cuyo valor debe ser reconocido por todos. Cada uno tiene el deber de utilizarla con cuidado y no desperdiciarla.
  11. La Administración de los recursos hídricos debiera encuadrarse más bien en el marco de las cuencas naturales que en el agua de las fronteras administrativas y políticas.
  12. El agua no tiene fronteras. Es un recurso común que necesita de la cooperación internacional.
Inicio | Aviso legal | Derechos del usuario
Politica de privacidad | Mapa del sitio | Webmaster