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Se realizará una subrogación sólo si
van a mantenerse las condiciones del contrato en vigor,
modificando la titularidad del mismo (por divorcio, muerte
del titular, o, en el caso de sociedades, por modificación
de la misma). Si lo que desea es contratar el servicio en
una vivienda en la que ya existe, el titular actual debe
solicitar una baja y Ud. una
nueva contratación. |